Los Derechos Humanos constituyen el primer Derecho que adquiere todo ser humano por surgir este desde el mismo momento de existencia del ser humano en el mundo, debido a su relevancia ha dejado de ser de derecho interno de un país para convertirse en un problema de interés mundial, lo cual ha generado la necesidad de crear distintos mecanismos legales para enfrentar las múltiples violaciones de Derechos Humanos; es como de esta manera nació la Corte Interamericana de derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la cual cada organismo con una función específica, pero con un mismo objetivo el cual es conocer los conflictos planteados para presentar una solución al mismo por la violación de los Derechos Humanos.
Los Siglos XIX y XX, son consideradas como las épocas donde se dio inició a la creación del sistema legal en materia de Derechos Humanos, mediante la promulgación de múltiples Declaraciones en materia de Derechos Humanos, tal como se puede observar a continuación es en el siglo XIX donde se comienza a establecer los Derechos Humanos en la Constitución Nacional y posteriormente en el Siglo XX donde se producen diversas Declaraciones fuera del cuerpo de la Constitución Nacional.
Como principales Declaraciones en el Siglo XIX:
1.- La Constitución Francesa de 1848.
2.- La Constitución de Cádiz de 1812.
3.- La Constitución de la Monarquía española de 18 de Junio de 1837.
4.- La Constitución Española de 23 de Mayo de 1845.
5.- La Constitución de la Monarquía Española de 1856.
6.- La Constitución de la Nación Española de 1 de Junio de 1869.
7.- El Proyecto de Constitución Federal de la República Española, del 17 de Julio de 1873.
8.- La Constitución de la Monarquía Española de 1876.
Las Declaraciones de los Derechos Humanos en el Siglo XX:
En lo relativo a las Declaraciones correspondientes al Siglo XX, estas surgen como consecuencia de: a) la evolución interna de los estados; b) de las profundas transformaciones en las relaciones internacionales. Las principales declaraciones que han tenido lugar durante el presente siglo se pueden clasificar en cuatro (04) grandes bloques:
1.- Las Declaraciones Internacionales de Derechos Humanos que, a su vez, se clasifican en Declaraciones Universales y Declaraciones Regionales.
2.- Las Declaraciones Constitucionales.
3.- Las Declaraciones formuladas por Organizaciones Religiosas.
4.- Las Declaraciones formuladas por Organizaciones No Gubernamentales.
Cabe destacar que cada país ha adoptado las medidas legales necesarias para garantizar la protección de los Derechos Humanos, siempre tomando como pilar fundamental cada una de las Declaraciones antes mencionadas.
Siendo la Constitución Nacional la Carta Magna de cada país, es aquí, donde también aparece contemplada de manera particular e individual los Derechos Humanos esto tomando en cuenta la legislación interna del país en cuanto a aspectos: políticos, económicos, sociales, culturales, judiciales, legislativos.
La Constitución Nacional contempla como uno de sus principios fundamentales los derechos y garantía de los ciudadanos entre los que se encuentran la protección de los Derechos Humanos; a lo largo de la historia según los cambios internos del país respectivos en sus diversos áreas (políticos, económicos, sociales, culturales, judiciales, legislativos); la Constitución Nacional ha sido objeto de múltiples reformas o enmiendas que buscan mejorar el desarrollo interno y externo de país, pero siempre manteniendo intacto las normas relativas a los Derechos Humanos. Ahora bien, es de destacar que además de lo contemplado en la Constitución Nacional en materia de Derechos Humanos se ha dictado numerosas leyes y organismos cuyo objetivo fundamental servir de apoyo a lo contemplado en la Constitución Nacional en cuanto a la defensa y protección de los Derechos Humanos, algunos de los organismos son sin fines de lucro.
La República Bolivariana de Venezuela, la República de Argentina y la República de Chile, constituyen los países considerados para la realización de esta breve investigación debido a que en los últimos años la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la República de Argentina y la República de Chile en los últimos años han sido objeto de reformas y/o enmiendas que han generado múltiples estudios y discusiones por parte de los expertos en Derechos Humanos de cada uno de estos países se ha concluido con las reformas y/o enmiendas actualmente conocidos.
República Bolivariana de Venezuela
La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela fue objeto de reforma en fecha 30 de Diciembre del año 1999, lo cual generó la incorporación de una manera más amplia el desarrollo de la protección y defensa de los Derechos Humanos.
En el caso de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución Nacional comienza a referirse a los Derechos Humanos en la Exposición de Motivos al referirse a la fuentes de protección de los Derechos Humanos (la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia, y a las leyes que los desarrollen), igualmente hace referencia al proceso de investigación y sanción a los casos de violación de los Derechos Humanos, así como, la respectiva indemnización para las víctimas de dichos delitos, finalmente de manera más detallada se encuentra desarrollada la normas referidas a los Derechos Humanos en los artículos 19 al 31 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
República de Argentina
La República Argentina está dividido en veinte y tres (23) provincias y una Ciudad Autónoma cada una de ellas cuenta con una Constitución, además de la Constitución Nacional de la República de Argentina, lo cual genera que además cada una de las Constituciones Provinciales cuenta dentro de su cuerpo normativo con las normas que se encuentran en concordancia con la Constitución Nacional para la Protección y Defensa de los Derechos Humanos.
La Constitución Nacional de la Nación de Argentina fue objeto de reforma en fecha 22 de agosto del año 1994, donde se produce una marcada modificación que se hace notoria desde su preámbulo hasta el final de la Constitución Nacional, pero más aún en lo referido a los Derechos Humanos que se comienzan a contemplar en la Primera Parte, Capítulo Primero. De las Declaraciones, Derechos y Garantías, para continuar en el Capítulo Cuarto referido a las Atribuciones del Congreso en el artículo 75 numerales 22 y 24 entre otras normas contenidas en la Constitución Nacional.
A continuación se presenta un extracto del preámbulo de la Constitución Nacional de la Nación de Argentina donde se puede observar que uno de los objetivos de la Constitución Nacional es la Protección y Defensa de los Derechos Humanos, a través, de los distintos mecanismos legales y organismos encargados de la protección y defensa de los Derechos Humanos.
Preámbulo
“…En cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino…”
República de Chile
La República de Chile es una República Democrática de carácter presidencialista, conformado por diversas instituciones autónomas, cada una de ella encargada de velar por el cumplimiento de lo establecido en la Constitución Nacional.
La Constitución Nacional de la República de Chile, tampoco escapa de ser objeto de reforma la cual ocurrió en fecha 17 de Septiembre del año 2005, donde se puede observar a lo largo de todo el cuerpo normativo de la Constitución Nacional.
La Constitución Nacional de la República de Chile comienza a observarse en el Capítulo I referido a las Bases de la Institucionalidad artículo 5, para luego pasar más concretamente al Capítulo III De los Derechos y Deberes Constitucionales artículo 19, 20, 21 entre otras normas contenidas tanto en la Constitución Nacional como en otras leyes, por cuanto es de hacer notar que la Constitución Nacional establece la necesidad de dictar distintas leyes que tengan como finalidad la defensa y protección de los Derechos Humanos.
Resultados de los mecanismos adoptados según lo contemplado por la Constitución Nacional.
Para finalizar en este trabajo se presentó el caso particular de la República Bolivariana de Venezuela, la República de Argentina y la República de Chile, donde se pueden observar dos (02) países (República Bolivariana de Venezuela y la República de Chile) con una sola Constitución Nacional y un país (República de Argentina) que además de contar con una Constitución Nacional tiene además con veinte y tres (23) Constituciones Provinciales, donde en cada uno de estos países se han creado leyes y mecanismos para proteger y defender los Derechos Humanos de cada uno de los habitantes del país respectivo según las normas establecidas en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución Nacional de la República de Argentina y la Constitución Nacional de la República de Chile, pero aún con las semejanzas existentes entre estos países se encuentran marcadas diferencias en cuanto al resultado obtenido por la aplicación de sus respectivos mecanismos en protección de los Derechos Humanos, tales resultados se muestran en las estadísticas presentadas en el informe correspondiente al año 2008, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a continuación se presentan algunos de dichos datos en los aspectos siguientes:
Denuncias Recibidas por Año:
Venezuela: 44
Argentina: 51
Chile: 76
Peticiones Evaluadas por País:
Venezuela: 39
Argentina: 254
Chile: 34
Peticiones Comunicadas a los Estados:
Venezuela: 7
Argentina: 3
Chile: 0
Casos y Peticiones Pendientes ante la CIDH y su Discriminación por Estado Miembro de la OEA:
Venezuela: 65
Argentina: 2
Chile: 58
Casos Presentados a la Corte Interamericana de Derechos Humanos:
Venezuela: 2
Argentina: 0
Chile: 0
Casos en Trámite ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos:
Venezuela: 5
Argentina: 2
Chile: 0
Casos en Etapa de Cumplimiento:
Venezuela: 7
Argentina: 5
Chile: 10
Medidas Provisionales:
Venezuela: 12
Argentina: 2
Chile: 0
Dra. Fatima Korisha Ali Shah Hosein