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   NOTAS DE OPINIÓn
 

Reformas, cenizas y viento

Por Gabriel Horacio Huespe - Abogado

Ha comenzado a instalarse en la opinión pública la idea de que es necesario reformar nuestra Constitución nacional.

Debemos entonces abordar un aspecto fundamental: ¿nuestra comunidad entiende que es necesario reformar la Constitución? O ¿es sólo una avanzada del Gobierno en sus aspiraciones de poder?

Técnicamente, una reforma constitucional, de acuerdo con el artículo 30 de nuestra Carta Magna, consta de etapas que deben de ser cumplidas inexorablemente.

El Congreso de la Nación debe declarar la necesidad de reforma con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros. Mayoría agravada calculada sobre los integrantes totales de cada cámara. Esto significa que el nuevo Congreso será quien deba tomar esta decisión. ¿Nuestra sociedad sabe cabalmente quiénes son los representantes que reformarán la Constitución? Lo primero que deben hacer todos los miembros del Congreso es una manifestación pública y de manera expresa, acerca de cuál es su postura respecto de este tema para que luego el ciudadano que confió en él y lo votó no se sienta traicionado y la posible reforma no carezca de legitimidad.

El Congreso, con la mayoría agravada, debe dictar la ley declarativa de la necesidad de reforma, que debe pronunciarse sobre su alcance, si debe ser total o parcial, cuáles son las pautas para la convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes, número de constituyentes, plazos, etc.

¿Quién reforma la Constitución? Una convención nacional constituyente, elegida conforme las pautas establecidas por la ley declarativa de necesidad de reforma. Se llama a comicios, y el elector decide con su voto cuál es la hoja de ruta, el proyecto de país que quiere, conforme a quien elija como su voz dentro de la convención. La convención constituyente determinará nada menos que el vértice máximo de nuestra legalidad. Es el acto de soberanía del pueblo más importante en democracia.

Todo ciudadano responsable y consciente de la soberanía de su voto debe preguntarse: ¿existe la necesidad de reforma? Veamos. El ejercicio del poder constituyente originario se dio soberanamente para darnos una Constitución, mientras que el ejercicio del poder constituyente derivado se puede dar cuantas veces la comunidad crea conveniente para plasmar sus anhelos colectivos adaptándola según el contexto histórico.

Considero que este no es el contexto político y social adecuado. Doy mis razones. La Constitución vigente contempla en su cuerpo todas las corrientes de pensamiento filosófico que han influenciado nuestra historia nacional, amalgamando una tras otra y no excluyéndose entre sí. Tenemos entonces una Constitución de clara fe liberal en sus declaraciones, derechos y garantías en defensa del individuo frente al absolutismo estatal. Se encuentra incorporado el constitucionalismo social como reconocimiento de debilidades sociales y protecciones muy concretas, y, a partir de la reforma de 1994, los llamados derechos de la tercera generación también tienen su amparo constitucional. En el Preámbulo tenemos un rezo laico que nos indica nuestro norte como país.

Desde mi punto de vista, los gobiernos que en su concepción del poder soslayan las opiniones minoritarias, las prácticas plurales y la actitudes de consenso no generan un contexto favorable.

Reformar la Constitución en una sociedad crispada y dividida como pocas veces ha sucedido en la historia argentina no sería una medida adecuada.

Sería prudente posponer el planteo de una reforma constitucional hasta tanto los argentinos comprendamos, como pueblo, que aún podemos ser hermanos y compatriotas en el disenso. Como bien lo dice Jorge Luis Borges en su Poema Conjetural , hoy en nuestro país "noto que hay viento, y hay cenizas en el viento?"

© La Nacion

El autor es abogado y dirigente de Unión Por Todos
http://www.lanacion.com.ar/1447223-reformas-cenizas-y-viento

 

 
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